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Objetivo del Trámite
Hacer constar que todo establecimiento, comercial, servicios, industrial, educativo e inmueble de alto riesgo cuenten con las medidas de seguridad en materia de protección civil para que durante su funcionamiento se mantenga un entorno seguro para las personas que laboran o lo visitan
Obligatoriedad del Programa Interno de Protección Civil
De acuerdo con la legislación vigente en México, es obligatorio para todos los inmuebles de uso público, privado y social, independientemente de su giro, contar con un Programa Interno de Protección Civil, quedando exentas únicamente las casas habitación. Esta obligación está estipulada en la Ley General de Protección Civil (LGPC), COREMUN, el Reglamento de la LGPC y las disposiciones del CENAPRED.
La falta de cumplimiento de esta normativa puede dar lugar a inspecciones por parte de organismos externos, tales como Normatividad, Protección Civil y Bomberos, quienes verificarán que su negocio cuente con los documentos obligatorios, entre ellos: Licencia de Funcionamiento, Uso de Suelo, Protección Civil y Bomberos. En caso de no contar con alguno de estos, su empresa podría enfrentarse a multas que, para negocios pequeños, comienzan desde los $4,500 MXN.
